Resumen: Delito de atentado. Delito de lesiones. Durante el curso de una manifestación arroja una botella contra el parabrisas de un coche policial fracturándolo, a la par que la botella se rompe alcanzando los cristales a un agente. A los tribunales de segunda instancia no les compete realizar una nueva valoración de la prueba practicada, sino revisar la efectuada a fin de controlar la existencia, validez y suficiencia de la prueba de cargo así como la racionalidad y motivación de su valoración. Nom bis in ídem; si se atacan diversos bienes jurídicos autónomos con el plus de lesividad que supone el empleo de armas, deberán aplicarse los subtipos agravados en relación a los distintos delitos cometidos dada la autonomía de los mismos. Atacados dos bienes jurídicos distintos puede operar la circunstancias de instrumento peligroso en ambos delitos. Agravante de disfraz: uso de mascarilla junto a la capucha de la sudadera. Esta agravación de la conducta sólo se justifica por el deseo preordenado de ocultar el rostro, impidiendo o dificultando así la identificación del autor. Requisitos: la utilización de un medio apto para cubrir o desfigurar el rostro o la apariencia habitual de una persona, aunque no sea de plena; propósito de buscar una mayor facilidad en la ejecución del delito o de evitar su propia identificación; ha de usarse al tiempo de la comisión del hecho delictivo, careciendo de aptitud a efectos agravatorios si se utiliza antes o después. Casuismo: pasamontañas, pañuelos...
Resumen: PRIMERO: Ejercita la parte actora en este Procedimiento, acción de reclamación de cantidad, como consecuencia de la cancelación de los vuelos contratados por los demandantes, debido a la pandemia provocada por la COVID-19, sin que la demandada haya reembolsado el importe de los billetes abonados.